En México existen normas que regulan los niveles máximos que puede emitir las fuentes fijas que emitan ruido, para el caso de las plantas de energía eléctrica se rigen con la norma NORMA Oficial Mexicana NOM-081-ECOL-1994, y para la CDMX se rige la Norma NADF-005-AMBT-2006 La norma NOM-081 nos indica que los niveles máximos permitirles son;
HORARIO LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES
de 6:00 a 22:00 68 dB(A)
de 22:00 a 6:00 65 dB(A)
Contamos con personal calificado para realizar estudios de ruido y realizar adecuaciones necesarias para cumplir con los requerimientos de la normas aplicables.